miércoles, 8 de febrero de 2012

CORRUPCION VIVALDI SACCO CLAUDIA ANDREA.

Ya han pasado casi 4 meses de mi último intento jurídico frustrado de ver a mi hija Ignacia después de 9 años, se que parece extraño que un padre no pueda ver a su hija en un lapso de tiempo tan prolongado, es decir ni siquiera la conozco,  lo que sí creo peor,  es que Ignacia no conozca a su padre. Jamás podría expresar con palabras lo que siento, y es que lo que siento no pasa por mi emocionalidad que a veces se torna insostenible de melancolía y pena, sino por lo que ignacita debe sentir. debe ser dramático para un niño tener la certeza  que su progenitor es un monstruo,pero  lo que si debe ser lapidario  para un ser humano es descubrir   que su padre siempre la amo y que no era tal y que le mintieron toda la vida.
ese es mi problema, científicamente esto se llama SINDROME DE ALIENACION PARENTAL SAP.Y CONSISTE EN PROGRAMAR A UN HIJO EN CONTRA DE SU PROGENITOR SIN EXISTIR JUSTIFICACION ALGUNA. Es decir el hecho de programar a un hijo con odio no tiene justificación alguna, por que los odios, si es que existen son personales jamás deben ser transferibles, menos a los niños.
a) La inhabilidad que la madre CLAUDIA ANDREA VIVALDI SACCO (abogado, asistente social, mediadora de familia, empresaria) junto a las tres la mejores abogados de familia de la plaza  arguyan para no permitir  ver a mi hija y vincularnos, era mi SUPUESTO problema de drogadicción, pues bien, solicitaron al tribunal los siguientes exámenes: Pericia toxicológica (examen de orina y pelo)
b) Pericia Psiquiátrica, que de cuenta de estructura de personalidad y de las adicciones que pudiere tener don JORGE SALAS MOYA a realizar por el perito don Mario Uribe Rivera,  médico siquiatra,
c) Pericia  otorrinolaringológica,  A realizar por el doctor GABRIEL FABA CARNILO médico cirujano,  ubicado en el hospital Clínico de la U. Católica San Carlos de Apoquindo,   a fin de determinar el estado de la fosa y mucosa nasal producto del consumo de cocaína a determinar mediante exámenes:
• Rinoscopia anterior.
• Endoscopia nasal rígida y flexible.
• Exámenes radiológicos de cavidades peri nasales.
• Rinomanometria.
d) Peritaje  Neurólogico, a efectuarse por el DR. ISMAEL MENA, domiciliado en Clinica Las Condes que a través de un spec cerebral y resonancia magnética de cerebro con volumetría, de cuenta del daño ocasionado por el consumo de cocaína cuantitativamente y examen sobre adicción a realizarse por el mismo medico.
TODOS MIS EXAMENES SALIERON NEGATIVOS, ¿Cuánto DINERO HABRA COSTADO ESTO? Todos estos exámenes los pago la señora CLAUDIA ANDREA VIVALDI SACCO  “TODO LO QUE SE PUDE COMPRAR CON DINERO PARA ELLA ES MUY BARATO”
En la medida que iban apareciendo los resultados, yo nos los podía ver, “como eran favorables a mí ,curiosamente no llegaban al tribunal”, en un momento sentí que me acercaba a ignacita, hasta que aparecieron los informes psicológicos .quiero advertir que los tribunales de familia trabajan con varios centros  de EVALUACION  integral  y consejeros técnicos interinos del tribunal, la consejera técnica en mi caso se saludaba con la señora claudia como grandes amigas el psicólogo un mozalbete de pelo largo que cuando tuvo que dar declaración de su diagnostico se corto el pelo, al salir de la audiencia  conversaba y le entregaba opiniones y conclusiones al hermano y al padre de la señora Vivaldi además traían  a un psiquiatra y a una psicóloga infantil contratados por ellos.
Finalmente la conclusión de estos honorables científicos pensadores, fue que como no existía vinculo alguno entre mi hija y yo no era conveniente restablecerlo porque la señora Vivaldi era un excelente madre y una blanca paloma.  Ja.
La jueza anecdóticamente  fue la misma que me rechazo  mis  2 demandas de visitas después que ella misma me mando a la mediación y cuando esta se frustro me mando a buscar más antecedentes a la mediación.
ESTO SI ES MOUSTROSO señores ya que EN LOS TRIBUNALES DE FAMILIA no se  toma en consideración el maltrato y la violencia que significa el SAP en los hijos , eso es lo que verdaderamente hay que regular, aquel padre o madre que aliena constantemente a su hijo en contra del otro progenitor, está provocando un daño psicológico irreparable y de por vida en un menor, hasta cuando con el interés superior del niño, como va a ser tan ciego el legislador que no logra percibir todos los estudios científicos que existen en la actualidad. Establecen  que los niños son el fiel reflejo de sus padres, ellos son la personificación de los intereses y voluntad de sus progenitores, por lo tanto debe sancionarse con el máximo rigor de la ley aquel progenitor sea padre o madre que envenena y programa el alma y el sentir de su hijo con odio hacia su otro padre o madre.
Con toda humildad estamos en el año 2012 las leyes deben propender no tan solo a trámites burocráticos, la ley debe educar a la población señalándole cuales son los actos humanos positivos para la sana convivencia y el bien común de las personas y sobre todo los niños abusados psicológicamente, la verdad una decepción tremenda he sentido al ver la corrupción de algunos ignorantes que se creen padres  frente a los verdaderos padres que vivimos desesperados frente a la negligencia e indolencia de de los tribunales de familia y el cero aporte que entregan al interés superior de nuestros niños. Este no es un tema jurídico señores, este es un tema de AMOR.
Ignacia hija mía ten fuerza y aguanta tu padre jamás descansara hasta abrasarte para siempre.
Jorge Luis salas Moya.
11.348687-2

"C.O.R.T.EN.L.A": CORRUPCION JUDICIAL Y JUECES CORRUPTOS

"C.O.R.T.EN.L.A": CORRUPCION JUDICIAL Y JUECES CORRUPTOS

martes, 19 de julio de 2011

Claudia Vivaldi Sacco Mediadora Familiar Alienadora Parenta Cambio De Nombre En Chile

Señor Director,
Soy un padre de 42 años y no he podido ver a mi hija desde los 6 meses vida, esto producto de la inmadurez típica de algunas mujeres que hacen de sus hijos el arma de batalla frente a una relación fracasada pasando por alto el dolor que esto produce en todo el núcleo familiar especialmente en los niños. Creo relevante destacar 2 antecedentes importantísimos para la comprensión de mi problema, esto es que mi ex esposa es la hija consentida de un acaudalado empresario minero del norte de chile, su situación económica es tal que todo lo que se puede comprar con dinero, para ellos es muy barato. hace 4 años convive con un abogado.
Cuando nos casamos constituimos una sociedad anónima, cuya razón social era su apellido, la empresa quebró, ella renuncio a su cargo de gerente con un papel notarial y yo tuve que asumir las deudas por alrededor de 70 millones de pesos lo que me hiso evidentemente un prófugo de la justicia, circunstancia que ella aprovecho para hacerme desaparecer de la vida de mi hija .
Lo sorprendente Señor Director es lo siguiente: mi ex señora es asistente social, abogado, recibió su titulo presentando una tesis sobre las convenciones internacionales de los derechos del niño, y además es mediadora del nuevo sistema judicial de los tribunales de familia de la república de chile, cuando pedí en el tribunal de familia mediación, la madre de mi hija (mediadadora) no llego a ninguna de las 2 citaciones que impone el sistema. En esta segunda instancia de mediación en la cual ella no se presenta, la señorita del mesón de la oficina de mediación curiosamente me dice que no me puede entregar el documento que acredita la mediación frustrada pues debo llevar un certificado que acredite mi sueldo. una vez que cumplo con todas estas formalidades y finalmente demando por régimen de visitas en los tribunales de familia el juez insólitamente no ha lugar a la admisión de mi demanda pues debo solicitar más antecedentes en la oficina de mediación. señor director, me pregunto a que antecedentes se refiere el señor juez si no pudo haber mediación por que la madre de mi hija no se presento a ninguna de las 2 instancias legales que existen para que se produzca una mediación. ¿Como es posible que un mediador de familia, no sea capaz de mediar sobre su propia realidad familiar?.
En el mes de julio del año 2010 fecha en que prescribieron mis deudas y que podía presentarme a un tribunal para pedir visitas y ver a mi hija ,me entero de que le cambio el nombre( a mi hija) dándole el apellido de su conviviente abogado.
Señor Director, ¿Cómo es posible que en Chile se le pueda cambiar el nombre a un menor de 7 años mediando la sola voluntad de uno de los padres, haciendo una publicación de 2 centímetros en el diario? y que el juez decida tomar como prueba la declaración de una guagua de 7 años para que ella decida si quiere o no cambiar su apellido Sin tomar en consideración la opinión del padre que está vivo y que inscribió personalmente EL nacimiento de su hijo en el registro civil, sin ponderar el juez que esta modificación es irrevocable según ley y que afecta directamente en la identidad y personalidad de un individuo y con mayor razón en la vida de un niño que depende absolutamente de la voluntad de su tutor. ¿seguirá imperando en chile el tráfico de influencias sin importar la alteración en la historia de vida de un niña por el solo poder del dinero?
Actualmente estoy tomando todas la medidas jurídicas para colocar las cosas en su lugar y rescatar a mi hija de las garras de estas mentes anti éticas que por la soberbia que les producen sus envestiduras profesionales y el hecho de pertenecer al sistema judicial sienten que pueden atropellar los derechos más sustanciales en la vida humana de un niño y peor aun de sus propios hijos, alterándoles la filiación, y modificando los atributos de la personalidad del infante.
Señor Director mi hija tiene el derecho de conocer a su padre tiene derecho a llevar su apellido paterno y conocer su familia paterna. yo necesito urgentemente entregarle mi amor de padre, que hoy las instituciones que velan por su protección se han empeñado en negar.
atte.
Jorge Luis salas Moya
CI:11348687-2

sábado, 2 de julio de 2011

alienadora parental vivaldi sacco

CLAUDIA ANDREA VIVALDI SACCO Señor Director,
Soy un padre de 42 años y no he podido ver a mi hija desde los 6 meses vida, esto producto de la inmadurez típica de algunas mujeres que hacen de sus hijos el arma de batalla frente a una relación fracasada pasando por alto el dolor que esto produce en todo el núcleo familiar especialmente en los niños. Creo relevante destacar 2 antecedentes importantísimos para la comprensión de mi problema, esto es que mi ex esposa es la hija consentida de un acaudalado empresario minero del norte de chile, su situación económica es tal que todo lo que se puede comprar con dinero, para ellos es muy barato. hace 4 años convive con un abogado.
Cuando nos casamos constituimos una sociedad anónima, cuya razón social era su apellido, la empresa quebró, ella renuncio a su cargo de gerente con un papel notarial y yo tuve que asumir las deudas por alrededor de 70 millones de pesos lo que me hiso evidentemente un prófugo de la justicia, circunstancia que ella aprovecho para hacerme desaparecer de la vida de mi hija .
Lo sorprendente Señor Director es lo siguiente: mi ex señora es asistente social, abogado, recibió su titulo presentando una tesis sobre las convenciones internacionales de los derechos del niño, y además es mediadora del nuevo sistema judicial de los tribunales de familia de la república de chile, cuando pedí en el tribunal de familia mediación, la madre de mi hija (mediadadora) no llego a ninguna de las 2 citaciones que impone el sistema. En esta segunda instancia de mediación en la cual ella no se presenta, la señorita del mesón de la oficina de mediación curiosamente me dice que no me puede entregar el documento que acredita la mediación frustrada pues debo llevar un certificado que acredite mi sueldo. una vez que cumplo con todas estas formalidades y finalmente demando por régimen de visitas en los tribunales de familia el juez insólitamente no ha lugar a la admisión de mi demanda pues debo solicitar más antecedentes en la oficina de mediación. señor director, me pregunto a que antecedentes se refiere el señor juez si no pudo haber mediación por que la madre de mi hija no se presento a ninguna de las 2 instancias legales que existen para que se produzca una mediación. ¿Como es posible que un mediador de familia, no sea capaz de mediar sobre su propia realidad familiar?.
En el mes de julio del año 2010 fecha en que prescribieron mis deudas y que podía presentarme a un tribunal para pedir visitas y ver a mi hija ,me entero de que le cambio el nombre( a mi hija) dándole el apellido de su conviviente abogado.
Señor Director, ¿Cómo es posible que en Chile se le pueda cambiar el nombre a un menor de 7 años mediando la sola voluntad de uno de los padres, haciendo una publicación de 2 centímetros en el diario? y que el juez decida tomar como prueba la declaración de una guagua de 7 años para que ella decida si quiere o no cambiar su apellido Sin tomar en consideración la opinión del padre que está vivo y que inscribió personalmente EL nacimiento de su hijo en el registro civil, sin ponderar el juez que esta modificación es irrevocable según ley y que afecta directamente en la identidad y personalidad de un individuo y con mayor razón en la vida de un niño que depende absolutamente de la voluntad de su tutor. ¿seguirá imperando en chile el tráfico de influencias sin importar la alteración en la historia de vida de un niña por el solo poder del dinero?
Actualmente estoy tomando todas la medidas jurídicas para colocar las cosas en su lugar y rescatar a mi hija de las garras de estas mentes anti éticas que por la soberbia que les producen sus envestiduras profesionales y el hecho de pertenecer al sistema judicial sienten que pueden atropellar los derechos más sustanciales en la vida humana de un niño y peor aun de sus propios hijos, alterándoles la filiación, y modificando los atributos de la personalidad del infante.
Señor Director mi hija tiene el derecho de conocer a su padre tiene derecho a llevar su apellido paterno y conocer su familia paterna. yo necesito urgentemente entregarle mi amor de padre, que hoy las instituciones que velan por su protección se han empeñado en negar.
atte.
Jorge Luis salas Moya
CI:11348687-2